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Requisitos Para Impartir Formación Bonificada En España

La instrucción de los trabajadores es muy importante para el desarrollo de una empresa, tanto a nivel profesional como económico, ya que promueve una mejor aptitud para hacer frente a los desafíos. Con el fin de ayudarte en cuanto a esto, en el presente artículo te presentamos los requisitos para impartir formación bonificada en España.

Requisitos para impartir formación bonificada en España
Requisitos para impartir formación bonificada en España

¿Qué es la formación bonificada?

Se trata de un programa del estado gestionada por FUNDAE, que se encarga de la constante formación de los trabajadores que esta activos. Según este programa, todas las empresas de España tienen acceso a un crédito anual para instruir a los trabajadores en el área.

El crédito que corresponde a este tipo de adiestramiento se hace efectivo por medio de las bonificaciones de la seguridad social. Esta formación debe ser cancelada por la empresa que organiza dicha actividad.

El crédito no es acumulativo anualmente, si no se utiliza antes de que finalice el año se pierde. La bonificación puede ser realizada el mes siguiente de la finalización del curso, no puede ser efectuada antes de esto.

Las empresas son las que más se benefician de esta formación, sin embargo, también son beneficiadas las fundaciones, asociaciones y  ONG´s para recibir la ayuda económica que promoverá la formación de sus trabajadores.

Los trabajadores independientes no pueden obtener este tipo de beneficio, pero si todos aquellos empleados que aparezcan registrados en la plantilla

Requisitos para impartir formación bonificada en España

Por parte de las empresas, los principales requisitos para dar formación bonificada a sus trabajadores son los siguientes:

  • Poseer centros de trabajo que estén dentro del país.
  • Cotizar por formación profesional.
  • Tener una cuenta aparte para llevar la contabilidad de las acciones formativas, los gastos de ejecución de las mismas y las bonificaciones que esto pueda implicar. Todos los gastos relativos a esto debe estar en una cuenta separada bajo la denominación de formación profesional para el empleo.
  • Informar al representante legal de trabajadores acerca de las actividades de formación, horarios, participantes y métodos de enseñanza que se tiene previsto utilizar.
  • Someterse a las actualizaciones, el seguimiento y el control que les sean exigidos por los organismos administrativos competentes.
  • No pedir a los trabajadores, que cancelen cuotas en concepto de la formación.
  • No engañar a los trabajadores, para convencerlos de que participen en las formaciones bonificadas.
  • Haber cumplido en su totalidad con todas las responsabilidades tributarias correspondientes a “Hacienda” y los “organismos de seguridad social”.
  • Mantener la documentación que acredite que los últimos cinco años, las formaciones que han sido organizadas por la empresa, se han llevado a cabo correctamente.

Requisitos para recibir formación bonificada

Para que los trabajadores puedan recibir formación bonificada deberán cumplir con lo siguiente:

  • Estar acogido al régimen de la seguridad social cuando sea el inicio del curso.
  • Cotizar por formación profesional.
  • Firmar los documentos de: ficha de participación, cuestionario de evaluación de la calidad de la instrucción, control de asistencia ( en caso de que sea un curso presencial) y el original del diploma.

Cantidad para la formación bonificada

Para saber la cantidad que cada empresa tiene para la formación bonificada se debe realizar la multiplicación de la cuantìa de instrucción  profesional que se obtuvo en el año anterior  por 0.7.

Al resultado obtenido se le aplica un porcentaje que depende del tamaño (cantidad de trabajadores) que tenga la empresa. La relación del % es la siguiente:

  • 100 % para empresas que cuentan con 6-9 trabajadores.
  • 75% en el caso de empresas con 10-49 empleados.
  • 50% si es una empresa cuyo personal es de 50 a 249.
  • 50% si tiene más de 250 en nòmina.

Cabe destacar que:

  • En el caso de empresas que tengan de uno a cinco trabajadores, no se manejará el crédito de formación en base a un porcentaje, sino que tendrán disponible 420 € al año.
  • Si la empresa abre otros centros de trabajo en el año, se le concederá la cantidad resultante de la multiplicación de 65 € por el número de trabajadores que están recientemente ingresados a la nomina.
  • Las nuevas empresas, se les va a conceder la cantidad que resulte de multiplicar 65 € por la cantidad del personal que aparezca en el primer boletín de las cotizaciones de seguridad social.

Ventajas de impartir formación bonificada

  • Trabajadores mejor preparados.
  • Optimización de la responsabilidad por parte de los empleados.
  • Mejores posibilidades de crecimiento.
  • Oportunidad de obtener mayores ganancias económicas.