Aquí te mostramos los requisitos para obtener el RIF sucesoral en Venezuela. Este es un procedimiento obligatorio para que los herederos de los bienes de cualquier persona que haya fallecido puedan disfrutar de los mismos. El documento representa una ventaja, ya que asegura que los individuos que tomen posesión de las propiedades, sean las que de verdad tengan derecho a estas.

Requisitos para obtener el RIF sucesoral en Venezuela

Requisitos para obtener el RIF sucesoral en Venezuela

¿Qué es el RIF sucesoral?

Se trata de un documento que certifica que todos los impuestos concernientes a las propiedades de una persona fallecida han sido pagados. Este trámite es obligatorio para poder hacer uso de cualquier patrimonio que forme parte de una herencia, ya que es con lo que se va a identificar la sucesión y lo que va a servir después para sacar la declaración sucesoral.

Requisitos para obtener el RIF sucesoral en Venezuela

Los requisitos para sacar el RIF sucesoral en Venezuela son muy sencillos. Solo necesitarás unas cuantas cosas para realizar este trámite tan importante. A continuación te mostramos cuáles son:

  • Formulario (planilla) arrojada por el sistema.
  • Acta o documento de defunción (en original).
  • Duplicado (copia) fotostático de la C.I. de la persona fallecida o causante.
  • De las cédulas de cada una de las personas que heredan se debe suministrar una copia fotostática. En el caso de que hayan menores de edad sin cédula se tendrá que presentar copia de la partida (acta) de nacimiento.
  • Acta de matrimonio (si era casado).
  • Un documento que compruebe que los herederos eran familia de la persona que falleció. Como por ejemplo, la partida de nacimiento.
  • Un recibo de luz, agua o de algún servicio. Esto es para comprobar la dirección que fue dada para la inscripción del RIF.
  • Si el representante legal no es ninguno de los herederos, será necesario que se anexe un poder, y la copia de la cédula de esta persona.

Pasos para solicitar el RIF sucesoral

Los siguientes pasos te ayudarán en el proceso de la obtención del RIF sucesoral:

  1. Entra en la web oficial del SENIAT.
  2. Ve a donde dice “Sistemas en Línea”.
  3. Presiona en la opción que dice “Inscripción de RIF”.
  4. Haz la selección del tipo de persona: con cédula o sin esta. Depende el caso que sea.
  5. Estaciónate en buscar y coloca inscribir contribuyente.
  6. Luego de haber hecho lo anterior, deberás completar todos los datos de la persona fallecida.
  7. Presiona en guardar para que la información quede registrada.
  8. Llena los datos del que fue el domicilio de la persona que murió.
  9. Coloca la información relacionada con los datos de la persona que representa la sucesión.
  10. Llena los datos que corresponden a cada uno de los herederos de los bienes involucrados.
  11. Coloca el cursor sobre la opción que dice “ver planilla” y presiona allí.
  12. Imprime la planilla.
  13. Dirígete al SENIAT con todos los requisitos para obtener el RIF sucesoral.

¿Cuál es el plazo para que los familiares se presenten?

El plazo para que los familiares de la persona fallecida hagan acto de presencia y realicen la declaración sucesoral es de tres meses, es decir, 180 días (hábiles), los cuales se cuentan desde el momento en el que fallece el causante y se procede a la apertura de la secesión. Cuando finaliza este proceso, y se obtiene el RIF sucesoral, ya se pueden proceder a arreglar los recaudos para hacer la declaración sucesoral.

Los requisitos para obtener el RIF sucesoral son muy fáciles de encontrar. Si analizas bien, solamente tendrás que conseguir los documentos de identidad de los involucrados y otras cositas más. Es un trámite obligatorio para disfrutar del uso de cualquier herencia sin tener inconvenientes legales. Algunas personas lo dejan pasar sin importar las consecuencias. Sin embargo, no hay necesidad de hacerlo porque no se tiene que hacer gran cosa para conseguirlo.

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27 Respuestas

  1. ¿Que se entiende por «proceder a la apertura de la sucesión»? Es un hecho automático o hay que hacer algo especial cuando el causante ha fallecido?

    • Proceder a la apertura de susesión significa que ya una vez obtenido el rif susesoral comienza a gestionar la susesión los herederos introduciendo los recaudos y requisitos. Todo es un proceso. Paso a paso. Si no declaró a tiempo paga multa

  2. Por la situación de Cuarentena en la que nos encontramos y un tanto el desconocimiento de tramites por fallecimiento de mi cónyuge, aun no he hecho lo relacionado al RIF Sucesoral..
    Mi esposa falleció en Febrero 2020.. pasó en lapso de 3 meses que dicta la ley
    que puedo hacer?

    • Son Ciento ochenta dias (180) hábiles contados a partir del fallecimiento. Importante recalcar que son días hábiles., por lo tanto si la Institución (Seniat) no trabajo en algun momento , ese día no cuenta y con esto de la Pandemia, hubo muchos dias no hábiles. Te aconsejo que te dirijas a una de tus Sedes para que , en Atencion al Contribuyente; te digan exactamente el lapso que tienes para la Declaración.

  3. El RIF Sucesoral se vence??
    Lo puedo actualizar?
    Entre a la pagina del Seniat y realizo todos los pasos para actualizar el RIF, pero me indica que debo actualizar los datos y pasar por la oficina…

  4. Fallecio mi hermano y heredo mi Madre.
    Ella mi Madre No declaro en el seniat.
    Ayer, Fallece mi Madre y Yo,como ultimo de sus hijos como debo de empezar para resolver declarando en tiempos de Pandemia ???
    Por favor

    • Aún no has hecho declaración? Si no has realizado la declaración, si quedas tú solamente como único heredero creo que debes hacer la declaración de tu hermano y luego la de tu madre pagas multa por exceder el tiempo comienza tramitando rif sucesoral de tu hermano y tú mama. Luego con los recaudo hace declaración como heredero

  5. Mi padre falleció hace 5 años(los cumple en noviembre), por razones ajenas a nuestra voluntad , no se pudo tramitar el rif ni ningún papel de herencia en los tiempos establecidos por el Seniat. hay algun tramite especial o puedo realizar las gestiones sin ningun problema?

  6. Muere el esposo, en la cédula esta casado, pero existe una sentencia de divorcio. ¿Para la solicitud del RIF sucesoral, el estado civil es casado o divorciado?
    Por otra parte cuando se está realizando la solicitud del RIF, el portal del SENIAT pregunta Fecha de cierre fiscal. ¿A qué se refiere?

  7. Buenos días, ya hice la solicitud del Rif sucesoral pero las colas en el SENIAT son barbaras, cuanto tiempo tengo para realizar la formalización del mismo, y la declaración sucesoral.

  8. estoy tramitando el rif de la sucesión de mi esposo que falleció en marzo de este año, ingrso todos los datos de acuerdo como me van indicando en la pagina, pero en la direccion del fallecido no me agarra ni el municipio, ni parroquia, ni ciudad ni codigo postal y no me deja guardar y siempre me dice que faltan esos datos, si me abre el esrado que en mi caso es nueva esparta

  9. Buenas Noches.
    Tengo mi dirección de residencia en el RIF como residenciado en Ciudad Guayana. Si la casa está allá y vivo en Caracas puedo introducir los recaudos de la Sucesión en la ciudad donde me encuentre? Gracias.

  10. Buena Noche, cuando se está realizando la solicitud del RIF, el portal del SENIAT pregunta Fecha de cierre fiscal. ¿A qué se refiere? que fech debo colocar?

  11. Mi abuela fallecio en el año 2016 por razones ajenas no se declaro en el lapso establecido, mi pregunta es que fecha coloco en el cierre del ejercicio fiscal, año 2016? o año 2021?

  12. buenas tardes tengo varias preguntas que hacer mi mama se muere en el año 2015 un hermano en 2017 y el otro hermano 2020 mi mama era viuda mis hermanos no tenian esposas ni hijos eran cinco hermano por todo ya quedamos tres, a ninguno se le hizo declaracion sucesoral digame como hago en este caso solamente hay una csa que le dejo mi papa a mi mama sin otros hermanos no tenian ni casa ni carro y ningun otro bien gracias por su respuesta mirian gonzalez facebock mmgm_54 @hotmail.con correomarlenemgm3054@gmail.con.

  13. Buenas noches mi concubina murió el 12 de junio 2021 estamos en pandemia, ya tiene 9 meses de fallecido ,de cuanto sería la multa . Y el sobrino de mi concubina no llevo el acta de concubinato cuando fue a sacar el acta de defunción. Se puso el y mi hija que tiene 16

  14. Buen día para todo el personal que labora en esta Institución. Quisiera me orientaran en cuanto a la solicitud del Rif. Sucesoral. Mi Sra. madre falleció hace 7 años y no hemos ningún tipo de tramite. Agradecida en la orientación que me puedan suministrar.

    Gracias

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