Aquí te mostramos los requisitos para obtener el RIF sucesoral en Venezuela. Este es un procedimiento obligatorio para que los herederos de los bienes de cualquier persona que haya fallecido puedan disfrutar de los mismos. El documento representa una ventaja, ya que asegura que los individuos que tomen posesión de las propiedades, sean las que de verdad tengan derecho a estas.
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¿Qué es el RIF sucesoral?
Se trata de un documento que certifica que todos los impuestos concernientes a las propiedades de una persona fallecida han sido pagados. Este trámite es obligatorio para poder hacer uso de cualquier patrimonio que forme parte de una herencia, ya que es con lo que se va a identificar la sucesión y lo que va a servir después para sacar la declaración sucesoral.
Requisitos para obtener el RIF sucesoral en Venezuela
Los requisitos para sacar el RIF sucesoral en Venezuela son muy sencillos. Solo necesitarás unas cuantas cosas para realizar este trámite tan importante. A continuación te mostramos cuáles son:
Pasos para solicitar el RIF sucesoral
Los siguientes pasos te ayudarán en el proceso de la obtención del RIF sucesoral:
- Entra en la web oficial del SENIAT.
- Ve a donde dice “Sistemas en Línea”.
- Presiona en la opción que dice “Inscripción de RIF”.
- Haz la selección del tipo de persona: con cédula o sin esta. Depende el caso que sea.
- Estaciónate en buscar y coloca inscribir contribuyente.
- Luego de haber hecho lo anterior, deberás completar todos los datos de la persona fallecida.
- Presiona en guardar para que la información quede registrada.
- Llena los datos del que fue el domicilio de la persona que murió.
- Coloca la información relacionada con los datos de la persona que representa la sucesión.
- Llena los datos que corresponden a cada uno de los herederos de los bienes involucrados.
- Coloca el cursor sobre la opción que dice “ver planilla” y presiona allí.
- Imprime la planilla.
- Dirígete al SENIAT con todos los requisitos para obtener el RIF sucesoral.
¿Cuál es el plazo para que los familiares se presenten?
El plazo para que los familiares de la persona fallecida hagan acto de presencia y realicen la declaración sucesoral es de tres meses, es decir, 180 días (hábiles), los cuales se cuentan desde el momento en el que fallece el causante y se procede a la apertura de la secesión. Cuando finaliza este proceso, y se obtiene el RIF sucesoral, ya se pueden proceder a arreglar los recaudos para hacer la declaración sucesoral.
Los requisitos para obtener el RIF sucesoral son muy fáciles de encontrar. Si analizas bien, solamente tendrás que conseguir los documentos de identidad de los involucrados y otras cositas más. Es un trámite obligatorio para disfrutar del uso de cualquier herencia sin tener inconvenientes legales. Algunas personas lo dejan pasar sin importar las consecuencias. Sin embargo, no hay necesidad de hacerlo porque no se tiene que hacer gran cosa para conseguirlo.
habfra problemas si en el acta de defuncion hubo errores en tipeo de las cedulas de algun heredero
¿Que se entiende por “proceder a la apertura de la sucesión”? Es un hecho automático o hay que hacer algo especial cuando el causante ha fallecido?
Por la situación de Cuarentena en la que nos encontramos y un tanto el desconocimiento de tramites por fallecimiento de mi cónyuge, aun no he hecho lo relacionado al RIF Sucesoral..
Mi esposa falleció en Febrero 2020.. pasó en lapso de 3 meses que dicta la ley
que puedo hacer?
Son Ciento ochenta dias (180) hábiles contados a partir del fallecimiento. Importante recalcar que son días hábiles., por lo tanto si la Institución (Seniat) no trabajo en algun momento , ese día no cuenta y con esto de la Pandemia, hubo muchos dias no hábiles. Te aconsejo que te dirijas a una de tus Sedes para que , en Atencion al Contribuyente; te digan exactamente el lapso que tienes para la Declaración.
El RIF Sucesoral se vence??
Lo puedo actualizar?
Entre a la pagina del Seniat y realizo todos los pasos para actualizar el RIF, pero me indica que debo actualizar los datos y pasar por la oficina…
Fallecio mi hermano y heredo mi Madre.
Ella mi Madre No declaro en el seniat.
Ayer, Fallece mi Madre y Yo,como ultimo de sus hijos como debo de empezar para resolver declarando en tiempos de Pandemia ???
Por favor
Mi padre falleció hace 5 años(los cumple en noviembre), por razones ajenas a nuestra voluntad , no se pudo tramitar el rif ni ningún papel de herencia en los tiempos establecidos por el Seniat. hay algun tramite especial o puedo realizar las gestiones sin ningun problema?
Muere el esposo, en la cédula esta casado, pero existe una sentencia de divorcio. ¿Para la solicitud del RIF sucesoral, el estado civil es casado o divorciado?
Por otra parte cuando se está realizando la solicitud del RIF, el portal del SENIAT pregunta Fecha de cierre fiscal. ¿A qué se refiere?
Mi padre falleció y su estado civil dice divorciado que requisitos me piden?